¿TENGO QUE ASEGURAR A MI PERRO?
A raíz de la alarma social generada por el incremento de las agresiones de perros que se han producido durante los últimos años, le informamos de las responsabilidades que pueden derivarse de las mismas.
Su perro puede provocar un accidente con heridos o destrozos de bienes ajenos, por lo que deviene la obligación de reparar el daño causado por animales, regulada en el artículo 1905 del Código Civil. Se trata de una responsabilidad objetiva que deriva de la posesión del animal; sólo se evita que surja tal obligación cuando se rompe el nexo causal por fuerza mayor o por culpa del perjudicado. Por consiguiente, ha de saber que en los casos en los que no esté asegurado, usted responde personalmente de los daños y perjuicios causados.
Cabe destacar que en principio no todos los perros deben estar asegurados, no obstante, depende del ámbito territorial donde residan. En la Comunidad de Madrid o en el País Vasco es obligatorio asegurar a los perros independientemente de su raza o tamaño. Caso aparte son los perros de razas potencialmente peligrosos que ya hace unos meses hicimos un post sobre su normativa.
Por tanto, es absolutamente necesario contratar un seguro de responsabilidad civil, pues las compañías de seguros suelen hacerse cargo de las indemnizaciones por daños provocados por el animal a terceros, asistencia legal, fianzas, etc. (puedes mirar la cobertura de tu seguro de hogar que a veces puede cubrirlo).
Clara Gomez Mateos
Abogada


