HUELGA DE TRANSPORTES. ¡ RECLAMA!
¿ Te han cancelado tu vuelo? ¿ ha salido con retraso? nosotros reclamamos contigo…
El Reglamento Europeo de derechos de los pasajeros aéreos establece que cuando se cancela un vuelo o se produce un gran retraso, sea o no responsabilidad de la compañía aérea, los usuarios tienen derecho a información, asistencia y, salvo que la cancelación se deba a circunstancias extraordinarias o se le informe con una determinada antelación según se recoge en el Reglamento Europeo, a una compensación, que varía en función de la distancia y el destino y que oscila entre los 250 euros y 600 euros por pasajero. La llegada con un retraso de más de 3 horas se equipará a la cancelación a efectos de esa compensación económica. Además de esta compensación, los pasajeros tienen derecho a la asistencia (manutención, alojamiento, traslado al aeropuerto y facilidades para la comunicación en caso de necesitarlo).
Si lo que te han cancelado es el tren los viajeros afectados por cancelaciones de trenes tienen derecho a la devolución del precio del billete. Si se ha informado de la misma con menos 48 horas de antelación la compañía debe ofrecer al viajero la devolución del billete o una alternativa para transportarlo a su destino en condiciones similares. Si se informa con menos de cuatro horas previas, el usuario tendrá derecho a una indemnización por el doble del importe de su billete.
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